Los sistemas de «control horario» actuales que se están aplicando no cumplen con la ley.
El nuevo Real Decreto-ley 8/2019, de medidas urgentes de protección social y de lucha contra la precariedad laboral está dando mucho que hablar. Entre otras cosas dice que:
» será válido cualquier sistema o medio, en soporte papel o telemático, siempre que proporcione información fiable, inmodificable y no manipulable a posteriori, garantizando la trazabilidad y rastreo fidedigno e invariable de la jornada una vez registrada«
Para empezar, no es mi intención entrar a valorar el fondo de esta ley desde el punto de vista legal o laboral. Yo siempre he opinado que es necesario controlar el trabajo efectivo, pero no desde el punto de vista cuantitativo de las horas, sino desde el cualitativo del trabajo realizado y de los resultados obtenidos. Y esta ley a todas luces se centra en lo primero y no en lo segundo, lo cual a mi modo de ver va contra la excelencia, la meritocracia y la mismísima flexibilidad laboral y conciliación familiar que supuestamente se busca también con dicha ley. En fin, como se suele decir: «doctores tiene la Iglesia«…
Pero al margen de esto, yo me quiero centrar en analizar cómo se va a implementar y sustentar esta ley. Y con ese «cómo» me refiero a los sistemas, tanto telemáticos como en papel. Algo que tienen que implementar TODO tipo de empresa y para TODO tipo de trabajadores (con unas pocas excepciones). Y cuando algo se quiere aplicar a TODOS, de forma rápida (se dio un plazo de 2 meses que ya ha vencido) y sin hacerles incurrir en un gasto importante se suele meter la pata…
Ni los «sistemas en papel», ni casi ninguno de los «sistemas telemáticos» actuales garantizan todo esto que pide la ley. Y esto no se puede garantizar ya que en todos los casos se trata de sistemas gestionados y controlados por la propia empresa, que por tanto podría manipular la información registrada, a posteriori y a su antojo. La ley debería haber añadido la figura de una tercera entidad de certificación y registro que sea la que tenga copia de esos registros, certifique y de fe de los mismos, asegurando de esta forma que desde el momento en que se produjeron no han sufrido ningún tipo de manipulación ni modificación posterior. Además se debería exigir que los sistemas telemáticos (y elimino ya la posibilidad del papel, porque no tiene ni la más mínima garantía de nada de lo que la ley exige) pasen por algún proceso de homologación que certifique que efectivamente cumplen con los requisitos exigidos por la ley. Pero claro, todo esto supone costes para la administración y para las empresas, lo cual traería aún más polémica a una ley que ya la tiene….
Volviendo a las carencias técnicas de los sistemas actuales, éstas se pueden resolver de diferentes maneras, pero hay una en especial que de paso introduciría innovación, transparencia y descentralización a las empresas y sobretodo a la Administración Pública: Blockchain.
Blockchain es algo que SI podría garantizar todo lo que exige la ley: inmutabilidad, fiabilidad y no modificabilidad por NADIE a posteriori, ya que actuaría como entidad certificadora independiente y gracias a la criptografía daría la inmutabilidad y fiabilidad exigidas. Una red pública que proporcionaría la Administración, donde las empresas registrarían todos los registros horarios de sus empleados, con total transparencia y accesibilidad para todas las partes y con todas las garantías exigidas por la ley.
Y no hablamos de ciencia ficción: ya existen soluciones de este tipo. iCommunity Labs ya dispone de una solución de control horario laboral , «IBS-TIME TRACKING» que precisamente hace esto: certifica y registra en una Blockchain cualquier tipo de información (como puede ser en este caso un registro horario), a la vez que puede dar trazabilidad de ese registro y garantizar que no sufre manipulaciones. ¿Y quien se encarga de todo esto? La propia tecnología Blockchain, con la que las empresas se «liberan» de esa responsabilidad y dejan de estar bajo sospecha de posibles manipulaciones, a la vez que dan a los empleados total accesibilidad a sus registros. Y para las empresas sería tan sencillo como añadir esa capa de tecnología Blockchain a los sistemas telemáticos actuales que ya tengan, mediante integraciones con la API del producto.
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By: Miguel Ángel Perez CEO-iCommunity